ASISTENCIA Y BENEFICIOS
(*) En cuanto a CONVIVIENTES hay dos opciones para afiliar: El concubinato realizado en el Juzgado de Paz o la Unión Civil Registrada realizada en el Registro Civil, cada uno con sus respectivos puntos:
*La fecha de emisión del certificado de convivencia no debe superar el año calendario. En caso de no estar especificado el estado civil, deberá presentar el Resumen de Datos Personales de ANSES, donde aclare el mismo. En caso de divorcio, es necesario presentar la sentencia de divorcio firme.
Si se tratara de un hijo entre 21 a 25 años, adjuntar el Certificado de Alumno Regular.
(***) Una vez cumplido los 21 años de edad, se deberá presentar anualmente (antes del 30 de abril de cada año) el certificado de alumno regular y la negativa de ANSES.
Datos de contacto
Obra Social del Personal de Seguridad de la CABA.
O.S.Pe.Se
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